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NOTICIARIO I DICIEMBRE 2024

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OBTENCIÓN DE GANANCIAS PATRIMONIALES EN EL AÑO 2024: Si has obtenido ganancias patrimoniales en 2024 por la venta de algún bien, puedes reducir tu tributación en el IRPF compensando esas ganancias con pérdidas patrimoniales. Por ejemplo:

  • Si tienes acciones que valen menos de lo que pagaste por ellas, venderlas generará una pérdida.

Tratamiento fiscal de las pérdidas:

  1. Compensación inmediata: Las pérdidas pueden compensarse con las ganancias del ejercicio.
  2. Límite del 25%: Si tras compensar aún queda saldo negativo, puedes usarlo contra determinadas rentas positivas del ahorro, hasta el 25% de dichas rentas.
  3. Compensación en años futuros: El saldo negativo restante puede compensarse en los siguientes cuatro años.

Regla de cautela: Para que las pérdidas sean válidas, no puedes comprar acciones de la misma compañía en los dos meses previos o posteriores a la venta. Esto evita ventas con el único objetivo de generar pérdidas.

Si además tienes pérdidas de años anteriores pendientes de compensar, es posible optimizar aún más tu IRPF. Se recomienda analizar la situación con un profesional.

DESAVENENCIAS ENTRE SOCIOS:

Los administradores sociales deben actuar con máxima diligencia, especialmente en casos de conflictos entre socios, ya que los desacuerdos pueden dar lugar a impugnaciones de acuerdos. Para evitar responsabilidades, es esencial extremar las precauciones y cumplir rigurosamente con las normas legales en las convocatorias de juntas:

1.    Plazos y requisitos de convocatoria:

  • Convocatoria mínima de 15 días antes (un mes para SA).
    • Contenido mínimo establecido por la ley.

2.    Menciones obligatorias según el objeto de la junta:

  • En juntas para aprobar cuentas anuales: se debe informar sobre el derecho de los socios a obtener los documentos de aprobación, informes de gestión y auditoría.
  • En juntas para modificar estatutos: se debe detallar los cambios y permitir el acceso al texto completo de la modificación.

3.    Derecho de información de los socios:

  • Los administradores deben atender las solicitudes de información durante el periodo entre convocatoria y junta.
    • Los socios con al menos el 5% del capital social pueden examinar la documentación de las cuentas en el domicilio social, salvo que los estatutos indiquen lo contrario.

Los asesores especializados pueden guiar a administradores y socios en el cumplimiento de sus obligaciones, salvaguardando sus derechos antes, durante y después de las juntas.

POSIBLE SANCIÓN SI EL RESULTADO ES A DEVOLVER:

Algunos contribuyentes que no están obligados a presentar la autoliquidación del IRPF pueden hacerlo si el resultado es a devolver. Sin embargo, si presentan la autoliquidación fuera de plazo, aunque no estaban obligados a declarar, se considera extemporánea. En caso de que el resultado sea a devolver, se aplica una sanción fija de 100 euros, que puede reducirse a 60 euros si se paga de forma inmediata. Si el resultado es a ingresar, se aplican recargos por declaración extemporánea y posibles intereses de demora. En general, si la devolución es menor a 60 euros, no es recomendable presentar la declaración fuera de plazo.

AHORRAR MÁS EN EL IRPF:

La noticia sugiere que, si adquiriste tu vivienda antes de 2013 y estás beneficiándote de la deducción por adquisición de vivienda habitual, puedes maximizar tu deducción fiscal al realizar una amortización anticipada del préstamo antes de fin de año. Si aún no has alcanzado los 9.040 euros (límite para la deducción), amortizar hasta esa cifra te permitirá ahorrar un 15% en tu IRPF. Además, recuerda incluir en el cálculo las primas de seguros obligatorios y los costos derivados de coberturas de tipo de interés relacionados con la hipoteca. También se ofrece asesoramiento profesional para optimizar el ahorro fiscal.

EVITE GASTOS CON CERTIFICADO URBANÍSTICO:

El certificado urbanístico es un documento legal que asegura la compatibilidad de un proyecto con el plan urbanístico vigente, indicando si la actividad propuesta está permitida o si existen limitaciones. Durante su validez, protege de cambios en la normativa o suspensiones de licencias que puedan afectar al establecimiento de la actividad. Si se solicita antes de que se apruebe una suspensión de licencias, el certificado permite continuar con el proceso, evitando costos adicionales por posibles cambios en el planeamiento. El costo de este certificado varía entre 50 y 100 euros, y nuestros asesores ayudan en todo el proceso para garantizar su efectividad.

POSIBLE SANCIÓN ANTE INCUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN POR PARTE DE HACIENDA:

La noticia informa que, si su empresa recibe un requerimiento de información por parte de Hacienda, es crucial responder dentro del plazo establecido. No hacerlo puede considerarse una obstrucción a la investigación, lo que constituye una infracción sancionada con multas significativas. Las sanciones varían según el número de requerimientos no atendidos:

  • Multa de 300 a 1.500 euros por no atender el primer y segundo requerimiento.
  • Multa entre el 0,5% y el 2% de la cifra de negocios si no responde al tercer requerimiento, con un mínimo de 10.000 euros y un máximo de 400.000 euros.

Hacienda deberá justificar la gravedad y culpabilidad en casos de sanciones altas, de lo contrario, solo se aplicará la sanción mínima. Se recomienda contar con asesoría profesional para gestionar estos requerimientos.

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